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consejeros, educación, interinos, primaria, profesores, profesores sustitutos, Real Decreto-ley 14/201, secundaria, sustitución
Boni me asegura que a la mayor parte de la gente que maneja el cotarro en esto de la enseñanza le importa un pijo la educación pública. Más que nada, dice, porque quienes parten y reparten son ante todo políticos, desde el ministro de Educación a los consejeros, desde sus secretarios generales a sus directores de ordenación académica, innovación educativa, recursos humanos, etc, etc., etc. Políticos que van y vienen, que en muchos casos tienen a sus hijos en centros privados y que suelen estar más preocupados por imponer sus criterios que por dar una continuidad solvente al sistema, al margen de quién mande en la nueva legislatura. Yo le expreso mis reservas y le prevengo de lo poco fecundas que suelen ser las generalizaciones en estos asuntos, a lo que me responde con dos argumentos que me cuesta rebatir: por un lado me hace referencia al Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, (que nada tiene que ver con la LOMCE y cuya denuncia, aun teniendo la aplicación de la norma unas consecuencias desastrosas, parece haber quedado sepultada por las críticas a la nueva ley) por el cual las comunidades autónomas deben prescindir de contratar un profesor sustituto durante los primeros diez días lectivos (independientemente de la causa de la ausencia: bajas, permisos) y sin limitación alguna, es decir, un mismo grupo puede sufrir la ausencia de profesores indefinidamente; el segundo, que dejaremos para el siguiente capítulo, trata de la nula experiencia académica o profesional relacionada con el mundo de la enseñanza primaria o secundaria de la mayoría de los consejeros de educación de este país.
Para demostrarme que sabe de qué habla me cuenta un caso que vivió no hace mucho. Le había tocado cubrir una ausencia debida a un permiso maternal. El curso había empezado Sigue leyendo